Tras el fallecimiento de un familiar la normativa establece diversas actuaciones que los familiares tienen que llevar a cabo para poder gestionar su herencia correctamente y que pasamos a comentar a continuación de uno modo general, sin olvidar que habitualmente los asuntos sucesorios contemplan características especiales que requieren de un estudio personalizado.
Uno de los primeros pasos a tomar es la solicitud del certificado de fallecimiento y posteriormente el certificado de ultimas voluntades y seguros de vida.
En este último certificado constará si el causante llevo a cabo el otorgamiento de testamento o no. En caso de que la respuesta sea afirmativa, en este documento constará ante que notario se produjo tal otorgamiento y se deberá acudir al mismo a fin de que facilite una copia de tal testamento.
El testamento permitirá que se comiencen a desarrollar las actuaciones para proceder a la liquidación y reparto de la herencia a favor de los beneficiados por la misma.
En caso de que los herederos no pongan trabas a la hora de hacer estas actuaciones, el proceso se acorta y se minimizan los costes. Sin embargo, si no es así, bien porque no existe consenso entre los herederos o porque existen defectos formales o desacuerdo con terceros, las operaciones se ralentizan.
Si tiene dudas en algún punto de este proceso, consulte con nuestros abogados que le asesoraran de forma personalizada sobre su caso concreto.