A menudo, los abogados de familia encontramos dudas sobre los conceptos de acogimiento familiar y adopción. ¿Son lo mismo? ¿Para qué sirve exactamente cada uno? Para aclarar la cuestión, le invitamos a seguir leyendo.
Estos conceptos tienen en común que son mecanismos de protección del menor, para que pueda vivir en un entorno seguro y evitar así una situación de desamparo<. Sin embargo, más allá de aquí, ambos tienen diferencias que conviene conocer.
Las personas que estén interesadas en hacer acogimiento familiar o en convertirse en adoptantes, deberán presentar una solicitud y cumplir con una serie de requisitos. En el caso concreto de las adopciones internacionales, deberemos tener presente que habrá que cumplir dos legislaciones distintas: la de España y la del país de origen del niño. Por eso recomendamos buscar asesoramiento profesional antes de tramitar un proceso de acogimiento o adopción, ya que así acudiremos debidamente informados y tendremos más garantías de éxito. Si desea más información sobre estos temas, le recordamos que puede contactar con nuestro Despacho de Zaragoza en cualquier momento, donde resolveremos sus dudas y le asistiremos en la tramitación de estos procedimientos.